El «arancel verde» (II): el CBAM

El CBAM, el Mecanismo de Ajuste de Carbono en Frontera, nace como una de las principales medidas del paquete Fit for 55 de la Unión Europea para la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero (“fit”, para ajustarse a una eliminación de, al menos, un 55 por ciento en comparación con los niveles existentes en 1990).

Cuando la Unión Europea planteó su ambición en materia de clima, al menos supo ver y entender que la reducción de emisiones en su territorio no aseguraba una disminución a nivel mundial, al margen del riesgo que se corría de que la producción se trasladara a países sin las obligaciones comunitarias en esta materia. Otra losa adicional para la competitividad de la industria europea. En el propio vídeo patrocinado por la Unión Europea explican el mecanismo como una medida para reducir las emisiones comunitarias y para “animar” a otros países a producir bajo un modelo menos contaminante:

La primera parte de estos dos textos se centraba en lo que dicho mecanismo tenía como barrera comercial para países con legislaciones más permisivas en materia medioambiental, mientras que esta segunda estará dedicada a su funcionamiento y los problemas de implementación que puede encontrar. No es un impuesto a las importaciones, ni tampoco funciona exactamente como un arancel, sino que consiste en un complejo mecanismo de declaraciones anuales y compra de certificados CBAM que acrediten el pago de las emisiones de los productos importados.

Compatibilidad e interacción con los derechos de emisión

El mecanismo supone, en palabras de Julián Illanes, de EY España, un “cambio radical” respecto a las anteriores políticas comunitarias en cuestión de emisiones de gases de efecto invernadero en la Unión Europea. Lógicamente, su implantación sustituirá de manera progresiva el anterior régimen, consistente en la asignación gratuita de derechos y las compensaciones por las emisiones indirectas. Además, se confía en acabar con la especulación que supusieron estos derechos en los últimos años como consecuencia de la reducción de la disponibilidad en el mercado (recordad El mercado de humos).

El mecanismo anterior, que lleva funcionando desde 2005, se creó en su momento para que las empresas abonaran por el teórico coste medioambiental de sus emisiones. La estimación de partida era que se situara en torno a los 20 euros por tonelada de CO2. Sin embargo, el problema surgió con las sucesivas reducciones de los derechos existentes, que provocaron que los precios se dispararan hasta casi 100 euros por tonelada en los momentos álgidos. Este funcionamiento se sustituirá de modo gradual para que, a partir de 2034, la compra de los certificados CBAM sea equiparable al coste de los derechos de emisión que se pagan en Europa.

Sectores afectados

El CBAM se aplicará al principio únicamente a las industrias más contaminantes, entre las que se han considerado en esta primera fase:

  • Cemento.
  • Hierro y acero.
  • Aluminio.
  • Fertilizantes.
  • Producción de hidrógeno.
  • Electricidad.

La idea es que el mecanismo se extienda posteriormente a otros sectores y actividades hasta cubrir prácticamente todos, con objeto de incidir directamente en la emisión de gases por la vía del gravamen. Si bien la Unión Europea planteó este arancel inicialmente por su contribución medioambiental (no solo por la propia reducción global de emisiones, sino como una manera de evitar la llamada “fuga de carbono”), y no como una medida con fines exclusivamente recaudatorios, algunos estudios han medido ya su posible impacto económico en entornos del 0,1% del PIB de la Unión Europea.

Ámbito geográfico e implantación

El CBAM excluye de su aplicación a las mercancías originarias dentro del propio territorio comunitario, más otros países que se han adherido a los acuerdos sobre el comercio de derechos de emisión de la Unión Europea, como Noruega, Islandia, Suiza y Liechtenstein. La situación actual de los fabricantes europeos (y su desequilibrio competitivo) se ve claramente definida en este cuadro de la consultora KPMG:

El sistema de asignaciones gratuitas seguirá funcionando en una primera fase y se compatibilizará con la entrada en funcionamiento del CBAM a partir de enero de 2026:

Si bien la idea es que este sistema se suprima definitivamente a partir de 2034 y funcionen exclusivamente la compra de derechos de emisión en la Unión Europea para los fabricantes europeos y los derechos CBAM para los importadores de productos fabricados fuera del territorio comunitario:

En 2024 nos encontramos en la fase de recopilación de datos, un proceso que durará desde octubre de 2023 hasta diciembre de 2025. Durante este período los importadores y las instalaciones están obligados a presentar las declaraciones con efectos meramente informativos, pero opera un régimen sancionador por incumplir con la obligación de informar. El proceso es complicado por las propias mediciones y por los fallos que hubo en la plataforma diseñada por la Unión Europea, lo que obligó a prorrogar treinta días el plazo para presentar las declaraciones del último trimestre de 2023. Durante el período de transición, se podrán calcular las emisiones con los valores por defecto aceptados por la normativa comunitaria, pero a partir de 2026 las emisiones reales podrán ser verificadas, y el régimen sancionador por las declaraciones incorrectas u omitidas son elevadas, de hasta 100 euros por tonelada no notificada, más una sanción de 3 a 5 veces el importe resultante por cada certificado no entregado.

Compatibilidad con la normativa de la OMC

Con la igualdad de costes se pretende salvar la controversia surgida acerca de su compatibilidad con las normas de la Organización Mundial del Comercio (OMC). Algunos países entre los más contaminantes, como la India, ya han anunciado sus recursos contra la implantación del CBAM. También fue objeto de controversia en la Cumbre de los BRICS (Brasil, Rusia, India, China y Sudáfrica) celebrada en agosto de 2023 en Johannesburgo, en cuya declaración final conjunta se oponían «al uso de la lucha contra el cambio climático como pretexto para establecer barreras comerciales a nivel internacional».

La respuesta de las autoridades europeas es que el coste a pagar por las emisiones es el mismo, ya sea por la producción en territorio comunitario o extracomunitario, bien sea por los derechos de emisión o por la adquisición de los certificados CBAM. Y si el producto extracomunitario paga en otra legislación por sus emisiones, se puede deducir dicho coste del pago del CBAM. En abril de 2023 había registradas 73 iniciativas de precios de carbono en el mundo, pero casi todas ellas con precios por tonelada considerablemente más inferiores que los comunitarios. Según el informe de EY, el precio medio es de unos 2 euros por tonelada:

Los norteamericanos Nicholas Stern y Joseph Stiglitz (Nobel de Economía en 2001) criticaron los cálculos realizados en su día por la administración de Barack Obama respecto al coste que debía tener la tonelada de dióxido de carbono emitida, de unos 50 euros. Según sus cálculos, para cumplir con los compromisos alcanzados en el Acuerdo de París para 2030, este precio debería rondar los 100 euros/tonelada.

Problemas de cálculo

El CBAM va a suponer un reto enorme por la dificultad de controlar su gestión, por la fiabilidad de los datos aportados o por los múltiples intervinientes en el proceso. Un producto puede estar semielaborado en Taiwán con materiales adquiridos en Pakistán e Indonesia e importado en la Unión Europea para su transformación posterior por una empresa europea, que además, podría vender el producto en territorio europeo o exportarlo. En un mundo tan globalizado como el actual, con múltiples intercambios comerciales y especialización por componentes, va a ser fundamental el análisis de la cadena de suministro de los productos, la electricidad consumida durante el proceso y su origen, la trazabilidad de las materias primas empleadas y la fiabilidad de las agencias medidoras de las emisiones.

Medir la huella de carbono de un producto que ha recorrido medio mundo… ya. Sencillo.

El reto es mayúsculo desde el punto de vista del seguimiento de los datos, el control efectivo de las emisiones y los costes arancelarios/fiscales de los intervinientes en el proceso, pero hay muchos recursos puestos en ello. Y aún más recursos en lo que debe resultar al final de todo este proceso: unas innovaciones tecnológicas que permitan dirigirnos a una actividad económica descarbonizada.

Por si este breve resumen del CBAM ha dejado dudas al lector, la Comisión Europea vio todo esto algo tan «sencillo» que publicó una guía de «solo» 34 páginas con las FAQ’s (Frequently Asked Questions), las respuestas a esas pequeñas dudas que a todos nos genera este ambicioso proyecto.

Relacionados:

El mercado de humos

JOSEAN, 17/10/2021

Vaya por delante que no soy ningún experto en la materia y que es muy posible que cometa errores, por más que haya tratado de documentarme sobre el tema, así que agradeceré al amable lector que me corrija cualquier imprecisión que haya cometido en este post. No voy a hablar de la factura de la luz, ni del disparatado precio del megavatio hora con el que nos desayunamos cada mañana, pero sí de uno de los componentes del mismo que me resultan más ininteligibles: el precio de los derechos de emisión.

La tarifa de la luz que se paga en los hogares se compone de dos grandes capítulos:

  • El coste de la energía, que se establece mediante una subasta en el llamado mercado spot, mercado mayorista.
  • Los costes regulados, donde entra toda la «política» de los gobiernos anteriores y presentes: impuestos como el IVA y los de la producción, el déficit de tarifa de la época de Aznar, las primas a las renovables de los tiempos de Zapatero, la moratoria nuclear, los cierres del carbón, los peajes de transporte y distribución, alquileres de contadores, los sobrecostes de producción no peninsular, costes de comercialización,…

Según un estudio del Banco de España publicado en agosto de este año (cuando el precio del megavatio hora era aproximadamente la mitad del actual), el cincuenta por ciento del incremento del precio de la electricidad se debe al encarecimiento del gas, y entre un veinte y un veinticinco por ciento es culpa de la subida del precio de los derechos de emisión. Luego estas dos variables explican tres cuartas partes de la acongojante subida, una subida que no solo afecta a las familias y particulares, sino a todo el tejido empresarial.

Sobre el precio del gas y las alternativas (ninguna en el corto plazo) ya han escrito mucho los expertos en la materia y no me voy a extender. Está totalmente desbocado debido al crecimiento de la demanda (fundamentalmente de Asia), la menor producción, las menores reservas existentes y los conflictos en países productores. Es algo que entra en mi obtusa cabeza: un bien escaso y necesario que sube de precio por el incremento de las necesidades de los países occidentales y ahora también de los asiáticos.

¿Pero a qué se debe el crecimiento no menos desbocado de los derechos de emisión? Los derechos de emisión son un coste que las empresas emisoras de CO2 deben afrontar y constituyen la aplicación práctica del principio de «quien contamina, paga». El primer mercado de derechos de emisión fue creado por la Unión Europea tras los acuerdos establecidos en el protocolo de Kioto de 2005. Según la web del Ministerio para la Transición Ecológica, este mercado «Cubre, en los 27 Estados miembros, las emisiones de CO2 de las siguientes actividades: centrales térmicas, cogeneración, otras instalaciones de combustión de potencia térmica superior a 20MW (calderas, motores, compresores…), refinerías, coquerías, siderurgia, cemento, cerámica, vidrio y papeleras». Se ven afectadas por el mismo más de 10.000 instalaciones y más de 2.000 millones de toneladas de CO2, «en torno al 45% de las emisiones totales de gases de efecto invernadero en la Comunidad». ¿Solo el 45%? En fin. Sé que hay entidades que calculan las emisiones de cada instalación y agencias verificadoras de las mismas, pero desde que se creó no dejo de pensar que se trata de un mercado de «humo» de difícil control y seguimiento, pero, ¿por qué ha subido el precio de estos derechos?

El Acuerdo de París de 2015 tenía como objetivo lograr en 2030 una reducción del cuarenta por ciento de las emisiones en comparación con las cifras de 1990. Básicamente el Acuerdo pretendía fomentar el uso de energías renovables, menos contaminantes, por la vía de penalizar la producción basada en el uso de combustibles fósiles. Los derechos de emisión tenían una cierta estabilidad de precios en el mercado. Hace apenas tres años, el precio se movía entre los 6 y los 8 euros por tonelada, y en los años precedentes estuvo entre los 3 y los 4 euros, lo que hacía que fuera barato producir con tecnologías más contaminantes. La gráfica de lo ocurrido en 2021 con el precio de estos derechos recuerda a la cotización de las acciones de algunas compañías durante los años de la burbuja de las tecnológicas:

El precio ha llegado a superar los 60 euros por tonelada. Para el que quiera seguir la evolución de este curioso indicador, tiene la web del Sistema Europeo de Negociación de CO2, Sendeco2. Lo que ha sucedido para alcanzar esta locura es que el pasado mes de diciembre, el Consejo Europeo aprobó un acuerdo vinculante para elevar esos objetivos de reducción desde el 40% al 55%, y a menores derechos, lógicamente, mayores precios, puesto que las compañías tienen que adquirirlos para compensar sus emisiones. Pero no sé si solo esa decisión es la causante del incremento tan brutal, sino que, como apunta el Banco de España, «La escalada de los precios ha sido de una magnitud tan elevada (un 71% entre diciembre de 2020 y junio de 2021) que, según algunos analistas, no puede descartarse que exista un componente especulativo significativo».

Hace poco más de un mes leí este artículo del Wall Street Journal que decía que las compañías norteamericanas estaban calculando sus emisiones, pero que las mismas podían ser «tricky», es decir, directamente tramposas. Ponía ejemplos de Apple, Procter & Gamble o el (especialmente llamativo) caso de Microsoft, que había «recalculado» sus emisiones de 22 millones de toneladas a solo 11 por la aplicación de otra metodología de cálculo. Sé que no es lo mismo el mercado europeo que el norteamericano, y que sus cálculos tienen como objeto reportar a la SEC y a sus inversores de acuerdo con parámetros de sostenibilidad, pero no deja de ser significativo lo que el artículo explica acerca del cachondeo de la medición de las emisiones.

El artículo concluye destacando el hecho de que en Estados Unidos no hay un procedimiento estándar de verificación, ni quiénes deben realizarlo. La mayoría de empresas del S&P 500 realizan sus análisis con empresas de ingeniería o consultorías, generalmente menos rigurosas (según el artículo) que las auditoras externas de reportes financieros. Pero insisto, es Estados Unidos, y el objeto de estas mediciones es diferente al mercado europeo. ¿Y China? El dragón rojo, el país que más contamina del mundo con diferencia (el doble que Estados Unidos, según ClimateTrade) puso en marcha este verano de 2021 su mercado de derechos de emisión, que en una primera fase afectará solo a las empresas energéticas, responsables de la séptima parte de las emisiones totales del planeta. Será el mayor mercado del mundo y esperemos que, aunque tarde, sirva para reducir de manera considerable las emisiones del gigante asiático antes de 2030, un tema que no entraba entre sus prioridades.

El gráfico es ilustrativo: mientras la Unión Europea realiza esfuerzos para reducir sus emisiones, China las multiplica de manera exponencial sin reparo. Un factor más que añadir a la hora de explicar la falta de competitividad de las empresas europeas.

Lo curioso de este mercado de humos, perdón, de derechos de emisión de CO2, es que el gran beneficiado por su exorbitante incremento es precisamente el Estado, que percibirá en 2021 unos ingresos de unos 3.526 millones de euros, cuando la estimación de principios de año era de apenas la mitad, 1.700 millones. El incremento del precio de la luz ha tenido como efecto colateral positivo que el Estado haya visto incrementados sus ingresos por IVA, por costes de producción, por derechos de emisión de CO2 y por impuestos especiales, ingresos que van a compensar el fiasco de la recaudación por otros impuestos, como las llamadas tasas Google y Tobin, que apenas han recaudado un veinte por ciento de lo estimado inicialmente.

El incremento de los ingresos del Estado por la subida del precio de la luz da un margen al gobierno para adoptar medidas que contribuyan a paliar sus efectos sobre los particulares, y por ese motivo, en palabras del presidente Pedro Sánchez esta misma semana, nos «devolverán» en el recibo de diciembre buena parte del sobrecoste cargado en los meses anteriores. Nos lo venderán como una paga extra de Navidad, estoy convencido de ello, pero lo veo más bien como una devolución de un anticipo.

Voy cerrando ya el post, que es fin de semana, hora valle, y si sigo escribiendo hasta mañana se me triplicará o cuadruplicará el coste del consumo. Del cálculo de las emisiones que he necesitado para la escritura de este artículo, que hablen los gurús.